A través de la Resolución 000598-de-marzo-21-de-2024, la Superintendencia Financiera certificó el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.
El interés bancario corriente para crédito de consumo y ordinario quedó estipulado en 22,06 % E.A. y tendrá una vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.
La nueva certificación representa una disminución de 14 puntos básicos (-0,14 %) frente a la vigente en marzo de 2024 (22,20 %).
La tasa de usura representa el valor máximo de los intereses moratorios y remuneratorios que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1.5 veces el interés bancario corriente (33,09 % E.A. para el mes de abril de 2024).
Conforme a lo anterior, la tasa de interés moratorio para deudas tributarias durante el mes de abril de 2024 es del 31,09 % E.A. (33,09 % menos 2 puntos)